Orientaciones de la AEPD para Prestadores de Servicios de Cloud Computing

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Si hace unas semanas publicábamos una reseña sobre la Guía de la AEPD para Clientes que Contraten Servicios de Cloud Computing, hoy vamos a tratar sobre otra de las guías publicadas por la Agencia Española de Protección de Datos, esta vez nos referimos a las Orientaciones de la AEPD para Prestadores de Servicios de Cloud Computing.

En este documento se destaca el uso del cloud computing por parte, sobre todo, de pymes como «un mecanismo clave para garantizar la competitividad de nuestras empresas». Se trata de un documento menos extenso que el anterior pero igualmente práctico que os recomendamos.

En este caso la guía se divide en 7 apartados, entre los que destacamos:

  • Los sujetos que intervienen en la contratación de servicios de «cloud computing» y la ley aplicable. Destacando aquí el papel tanto del cliente como del prestador de servicios en lo que refiere a la LOPD.
  • Diligencia y transparencia en la contratación.
  • Las transferencias internacionales de datos. Diferenciando entre países de la Unión Europea y terceros.
  • Ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO).

Podéis consultar las Orientaciones para Prestadores de Servicios de Cloud Computing de la AEPD siguiendo este enlace.

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Guía de la AEPD para Clientes que Contraten Servicios de Cloud Computing

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La prestación de servicios tecnológicos a través de Internet o Cloud Computing ha supuesto una verdadera revolución para aquellas empresas que no tienen los recursos económicos y/o humanos necesarios para, por ejemplo, adquirir determinadas licencias de software. En este marco, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado una guía destinada a los clientes de servicios de cloud computing.

Desde 160World nos parece importante compartir con vosotros esta guía que creemos aclara algunos conceptos y muchas dudas sobre los servicios en la nube.

La Guía para Clientes que Contraten Servicios de Cloud Computing se divide en 12 apartados entre los que destacamos:

  • Actores en el modelo de cloud computing, donde se definen los roles de cliente, proveedor y partner.
  • Modalidades de servicio, distinguiendo entre:
    • Software como Servicio
    • Infraestructura como Servicio
    • Plataforma como Servicio
  • Lo que debo conocer para la contratación de servicios de cloud computing. En este apartado se da respuesta a una serie de preguntas frecuentes que todo cliente se plantea antes de contratar un servicio en la nube sobre legislación, obligaciones o seguridad.
  • Glosario. Definición de algunos términos más utilizados

Podéis consultar la Guía para Clientes que Contraten Servicios de Cloud Computing publicada por la Agencia Española de Protección de Datos siguiendo este enlace.

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El Cloud Computing (computación en la nube) se define como la prestación de servicios tecnológicos a través de Internet, sin necesidad de almacenar ningún tipo de información en los equipos físicos de la compañía. Este hecho ha permitido a las empresas abaratar costes en tecnología de forma muy considerable al no tener, por ejemplo, que adquirir licencias de software. El ahorro de costes ha sido tal que los servicios en la nube han supuesto el acceso a tecnologías avanzadas incluso para negocios que ni siquiera soñaban con ello hace unos pocos años.

Servicios en la Nube: 5 Ventajas para las Empresas

  1. Fuerte reducción de costes en infraestructura, eliminando la necesidad de invertir en servidores, seguridad y personal.
  2. Accesibilidad desde cualquier punto con conexión a Internet y desde cualquier tipo de dispositivo: PC, tablet, smartphone…
  3. Centralización de la información. No es necesario disponer de diversas copias del mismo trabajo puesto que la información está centralizada en un mismo punto.
  4. Pago en función de las necesidades de la empresa.
  5. Muchas veces es posible probar el servicio antes de adquirirlo, a coste cero, como en el caso de 160 World.

Si queréis consultar más información sobre este tema os dejamos un enlace hacia el artículo «Cómo las empresas obtienen beneficio en la nube» del blog de Empresas en Red perteneciente al Ministerio de Industria Turismo y Comercio que nos ha parecido interesante.

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